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GUÍA · CLÍNICAS Y PROFESIONALES
Reclamos a clínicas, sanatorios y profesionales
Actualizado: octubre de 2026
La Ley 26.529 de Derechos del Paciente protege a toda persona que se atiende, en el sector público o en el privado, tenga o no cobertura.
Derechos del paciente
Historia clínica
La historia clínica es tuya. Si la pedís, el establecimiento tiene que entregarte una copia dentro de las 48 horas, o de inmediato si hay una urgencia. (Ley 26.529, art. 14)
Consentimiento informado
Antes de una práctica o un tratamiento te tienen que explicar en qué consiste, sus riesgos y sus alternativas, y pedir tu consentimiento.
Trato digno y confidencialidad
Se puede reclamar el trato indigno, la discriminación o la difusión de tu información de salud sin autorización.
Otros reclamos frecuentes
Cobro de plus o aranceles
Si la prestación está cubierta por tu obra social o prepaga, no te pueden cobrar un adicional por ella.
Negativa de atención en una urgencia
En una urgencia te tienen que atender, aunque no tengas cobertura o la tengas impaga.
Retención por falta de pago
No pueden retenerte ni retener tu documentación por una deuda.
Mala praxis
Errores de diagnóstico o de tratamiento, infecciones intrahospitalarias o daños en cirugías. El plazo para reclamar una indemnización es, en general, de tres años, así que conviene consultar pronto.
Cómo y dónde reclamar
- Evaluación preliminar gratis: te asesoramos paso a paso. Un abogado revisa tu caso, te responde en menos de 24 horas y se ocupa del reclamo que corresponda, incluido el amparo si es urgente. Pedir mi evaluación preliminar gratis →
- Reclamo por escrito en el establecimiento, guardando la constancia.
- Defensa del Consumidor, por cobros indebidos y problemas de atención.
- Colegio de Médicos de Salta, por la conducta de un profesional.
- Vía judicial, por daños y perjuicios en casos de mala praxis.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tienen para darme la historia clínica?
48 horas desde que la pedís, o de inmediato si es una urgencia (Ley 26.529, art. 14). Pedila por escrito y guardá la constancia.
¿Me pueden negar la atención en una urgencia por no tener obra social?
No. En una urgencia te tienen que atender, tengas o no cobertura, o aunque la tengas impaga.
¿Me pueden cobrar un plus si mi obra social cubre la consulta?
No por una prestación cubierta. Si te lo cobran, pedí el comprobante y reclamá ante tu obra social o prepaga y ante Defensa del Consumidor.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por mala praxis?
En general, tres años para reclamar una indemnización por daños. Conviene consultar cuanto antes, porque hay que reunir la historia clínica y otras pruebas.
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Evaluación preliminar gratis Escribir por WhatsApp →Información general actualizada a octubre de 2026. No reemplaza el análisis de un caso concreto: las normas pueden cambiar y cada situación se evalúa con su documentación.